Una violación de la libertad condicional no es un delito nuevo. Es una acusación de que la persona incumplió una condición de la supervisión, y la decide el juez que impuso la libertad condicional, según la sección 948.06. Como la persona ya fue sentenciada, las reglas habituales de liberación previa al juicio no se aplican del todo, y por eso a las familias muchas veces les dicen al principio "sin fianza". Cómo defiende el Sr. Mead estas acusaciones está en nuestra página sobre la defensa por violación de la libertad condicional. Los demás cargos que maneja están en defensa penal.
¿Qué pasa después de un arresto por violación, paso a paso?
- La declaración jurada o el arresto. Un oficial de libertad condicional presenta una declaración jurada de violación y el juez emite una orden de arresto, o un agente arresta sin orden si hay motivos razonables de una violación importante (s. 948.06(1)(a), (b)). Para alguien sin historial de un "delito que califica", el juez puede emitir una citación para comparecer en lugar de una orden de arresto (s. 948.06(1)(b)).
- La libertad condicional deja de correr. Una vez que se presenta la declaración jurada y sigue una orden de arresto, un arresto sin orden o una citación para comparecer, el período de libertad condicional se suspende hasta que el tribunal decida (s. 948.06(1)(g)).
- La primera comparecencia. Si la violación es una nueva infracción de la ley y la persona no la admite, el juez de primera comparecencia puede mantenerla detenida, liberarla con o sin fianza, o enviar el caso al juez de la sentencia (s. 948.06(1)(e)2.).
- La decisión sobre la fianza. Al fijar la fianza, el tribunal puede considerar si es "más probable que no que la persona reciba una sanción de prisión por la violación" (traducción libre) (s. 948.06(1)(e)3.).
- La audiencia de la violación. Si la violación no se admite ni se desestima, la persona debe tener "la oportunidad de ser escuchada plenamente" (traducción libre) en persona o por medio de su abogado (s. 948.06(2)(d)).
- La decisión. El juez puede revocar, modificar o continuar la libertad condicional, o imponer control comunitario. Si la revoca, el juez puede imponer cualquier sentencia que se pudo haber impuesto al principio (s. 948.06(2)(e)).
¿Quién no puede obtener fianza antes de la audiencia?
| Situación | Liberación antes de la audiencia | Regla |
|---|---|---|
| La mayoría de las personas en libertad condicional, violación no admitida | El juez puede mantener la detención, o liberar con o sin fianza | s. 948.06(1)(e), (2)(c), (4) |
| Delincuente de delito grave violento de especial preocupación | Sin fianza ni liberación previa | s. 903.0351(1)(a) |
| En libertad condicional por un delito grave y arrestado por un nuevo delito que califica | Sin fianza ni liberación previa | s. 903.0351(1)(b) |
| Delincuente violento habitual, delincuente violento por tercera vez o depredador sexual arrestado por un delito que califica | Sin fianza ni liberación previa | s. 903.0351(1)(c) |
| Bajo supervisión por delitos sexuales de la lista, o delincuente o depredador registrado | Solo después de que el tribunal determine que la persona no es un peligro para el público | s. 948.06(4) |
| Violación basada solo en no pagar costos, multas o restitución | La regla de no fianza no se aplica | s. 903.0351(2) |
Un "delincuente de delito grave violento de especial preocupación" es una persona en libertad condicional o control comunitario por un delito grave que califica, o con una condena previa que califica, o a quien se le encuentra una violación por cometer uno, entre otras categorías (s. 948.06(8)(b)). Los delitos que califican incluyen el secuestro, el homicidio, la agresión física agravada, el abuso sexual, el robo con violencia, el robo de vehículo con violencia (carjacking), el allanamiento de primer y segundo grado, el incendio provocado, la amenaza de agresión agravada y el acecho agravado (s. 948.06(8)(c)). Cómo funciona la fianza en los casos comunes se explica en cómo se fija la fianza en Florida.
¿Qué es una violación técnica, y siempre significa cárcel?
Una violación técnica es cualquier presunta violación que no es un nuevo delito grave, delito menor o delito de tránsito penal (s. 948.06(1)(c)). En esos casos, el oficial de libertad condicional debe revisar si la persona califica para el programa de sanciones alternativas del circuito, que puede resolver la violación sin presentar una declaración jurada (s. 948.06(1)(c), (9)). El estatuto enumera violaciones de "bajo riesgo", entre ellas una prueba positiva de drogas o alcohol, no presentarse, faltar a una clase o a una sesión de tratamiento, violar el toque de queda, atrasarse en un pago mensual o en la cuota de servicio comunitario, y salir del condado sin permiso (s. 948.06(9)(b)).
Aun cuando una violación técnica de bajo riesgo llega al juez, el tribunal debe modificar o continuar la libertad condicional, en lugar de revocarla, si se trata de libertad condicional, la persona no es un delincuente de delito grave violento de especial preocupación y no se encontró ninguna violación anterior durante el período; el tribunal puede agregar hasta 90 días en la cárcel del condado como condición (s. 948.06(2)(f)). Si no se pagó la restitución o los costos de supervisión, la persona que dice no poder pagar debe probarlo con prueba clara y convincente (s. 948.06(5)).
¿Dónde se manejan los casos de violación en Palm Beach County?
La Fiscalía de Palm Beach County tiene una oficina en el edificio de la cárcel del Complejo de Justicia Penal de Gun Club Road que "maneja las primeras comparecencias de los nuevos arrestados, las lecturas de cargos de delitos graves y menores, los casos bajo custodia y las violaciones de la libertad condicional" (traducción libre). Así que una persona arrestada con una orden por violación en Palm Beach normalmente ve a un juez allí primero, como se describe en la página de la cárcel de Palm Beach County y la primera comparecencia. En Broward, la primera comparecencia es en el Tribunal Central de Fort Lauderdale, que se trata en la página del Tribunal Central de Broward.
¿Qué cambia la respuesta?
- Nueva infracción de la ley o violación técnica. Un nuevo arresto cambia el análisis de la fianza y puede impedirla en los delitos que califican (s. 903.0351(1)(b)).
- El delito original. Estar en libertad condicional por un delito que califica, o tener uno previo, puede convertir a la persona en delincuente de delito grave violento de especial preocupación (s. 948.06(8)(b)).
- Libertad condicional por delito grave o por delito menor. Las reglas de especial preocupación y de no fianza se aplican a la libertad condicional y al control comunitario por delitos graves; la libertad condicional por delito menor en general no dura más de 6 meses salvo que el tribunal fije otra cosa (s. 948.15(1)).
- Las violaciones previas. La regla de modificación obligatoria se aplica solo si no se encontró ninguna violación antes en el período actual (s. 948.06(2)(f)1.d.).
- La sanción probable. El tribunal puede considerar si la prisión es más probable que no (s. 948.06(1)(e)3.).
- La sentencia posterior. Cuando una violación de libertad condicional por un delito grave llega al tribunal para la sentencia, se suman 6 puntos por cada violación, o 12 cuando incluye una nueva condena por delito grave (s. 921.0024), como se muestra en cómo se calcula una sentencia por delito grave en Florida.
- Solo dinero. Una violación basada solo en costos, multas o restitución impagos no activa la regla de no fianza (s. 903.0351(2)).
Un ejemplo práctico
Por ejemplo, tome a un hombre hipotético en libertad condicional por un hurto mayor de tercer grado en Palm Beach County que falta a dos citas y da positivo en una prueba de marihuana. Esas son violaciones técnicas de bajo riesgo, así que su oficial primero consideraría el programa de sanciones alternativas. Si de todos modos se presentaran una declaración jurada y una orden de arresto, podría pedir su liberación en la primera comparecencia, y si el juez luego encontrara la violación, la ley exigiría modificar o continuar su libertad condicional, con hasta 90 días de cárcel como condición, porque es su primera violación del período. Si en cambio lo hubieran arrestado por una nueva agresión física agravada, un delito que califica, el s. 903.0351 impediría la fianza hasta la audiencia de la violación. Esta ilustración no es una predicción para ningún caso.
Errores comunes
- Admitir la violación en la primera comparecencia sin asesoría; una admisión puede mandar el caso directo al juez de la sentencia.
- Suponer que "sin fianza" es definitivo; para la mayoría, el juez puede fijar una fianza si se la piden.
- Ignorar una citación para comparecer emitida en lugar de una orden de arresto.
- No llevar pruebas de los esfuerzos por pagar cuando la violación es por dinero.
- Hablar del nuevo arresto por los teléfonos grabados de la cárcel.
- Esperar para reunir pruebas del cumplimiento, como certificados de clases y recibos de sueldo.
Qué hacer esta semana
- Consiga una copia de la declaración jurada de violación y anote exactamente qué condiciones se alegan.
- Reúna pruebas del cumplimiento: registros de presentación, recibos de pago, certificados de clases y tratamiento, registros de empleo.
- Anote el nombre del juez de la sentencia y el número del caso original.
- Si la violación es un nuevo arresto, mantenga los dos casos separados en sus notas.
- Pídale a un abogado defensor que solicite una audiencia de fianza donde la ley lo permita.
Preguntas frecuentes
¿Hay derecho a fianza por una violación de la libertad condicional?
No hay un derecho automático. El juez puede mantener detenida a la persona o liberarla con o sin fianza (s. 948.06(2)(c)), salvo que el s. 903.0351 prohíba la liberación.
¿Cuánto tiempo puede pasar alguien en la cárcel antes de la audiencia de la violación?
El estatuto exige una audiencia "tan pronto como sea posible" (traducción libre) si la violación no se admite ni se desestima (s. 948.06(2)(d)). Los tiempos dependen del calendario del tribunal.
¿Mi libertad condicional sigue corriendo mientras la violación está pendiente?
No. Se suspende desde la presentación de la declaración jurada y la orden de arresto, el arresto o la citación para comparecer hasta que el tribunal decida (s. 948.06(1)(g)).
¿Qué sentencia puede dar el juez si revoca la libertad condicional?
Cualquier sentencia que se pudo haber impuesto al principio, hasta el máximo legal del delito (s. 948.06(2)(e)). Los topes están en nuestra tabla de penas penales de Florida.
¿Un pago atrasado puede llevar a la cárcel?
Puede ser una violación. Pero si la persona prueba con prueba clara y convincente que no pudo pagar a pesar de esfuerzos suficientes y de buena fe, el tribunal debe considerar otras medidas de castigo distintas de la prisión, y solo puede encarcelar si esas no son adecuadas (s. 948.06(5)).
¿La adjudicación suspendida cambia algo?
Si se revoca la libertad condicional, el tribunal declara culpable a la persona salvo que ya lo hubiera hecho (s. 948.06(2)(b)). El significado de la adjudicación suspendida se explica en qué es la adjudicación suspendida.
¿Cómo puede ayudar el Sr. Mead?
La práctica del Sr. Mead se dedica por completo a la defensa penal, con más de tres décadas en los tribunales del sur de Florida. En un caso de violación, la primera audiencia muchas veces decide si una persona espera en la cárcel, así que preparar temprano las pruebas del cumplimiento y un pedido de liberación importa. La oficina está en Boca Raton, se habla español y portugués, y puede llamar las 24 horas.
Cada caso es distinto, y no se puede prometer ningún resultado. Si alguien que usted conoce está detenido con una orden por violación, una llamada confidencial al (561) 362-6677 es un buen primer paso.
Fuentes
- Estatutos de Florida, s. 948.06: Violación de la libertad condicional o del control comunitario; revocación; modificación; continuación; falta de pago de la restitución o del costo de la supervisión (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 903.0351: Restricciones a la liberación previa mientras está pendiente una audiencia por violación de la libertad condicional o del control comunitario (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 948.15: Servicios de libertad condicional por delitos menores (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 921.0024: Código de Castigo Penal; cálculos de la hoja de trabajo; hojas de puntuación (Legislatura de Florida)
- Complejo de Justicia Penal (Fiscalía del Distrito Judicial 15)
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