La revisión formal es la mitad de un caso de DUI que tiene que ver con la licencia. La maneja el Departamento de Seguridad en las Carreteras y Vehículos Motorizados de Florida (FLHSMV) a través de su Oficina de Revisiones Administrativas (Bureau of Administrative Reviews), conforme al artículo 322.2615 de los Estatutos de Florida. El cargo de DUI en sí es un caso penal aparte en el tribunal del condado. Esta página explica cómo se pide la audiencia, qué puede decidir y considerar el funcionario de audiencias, qué pasa si un agente no se presenta y cómo se conecta la audiencia con el caso penal. Para el enfoque general del Sr. Mead, consulte la página principal de defensa en casos de DUI.
¿Cómo se desarrolla una revisión formal, paso a paso?
- La solicitud. Dentro de los 10 días del aviso, el conductor presenta el formulario HSMV 78065 con el cargo de $25.00 y una copia de la citación.
- Los registros. La declaración jurada del agente, los resultados de la prueba o la declaración jurada de la negativa, el aviso y cualquier video van al FLHSMV y forman parte del expediente que examina el funcionario de audiencias (s. 322.2615(2)).
- La programación. El FLHSMV debe fijar la audiencia dentro de los 30 días de recibir la solicitud y enviar el aviso con la fecha, la hora y el lugar (s. 322.2615(6)(a)).
- Las citaciones. El conductor decide a qué agentes u operadores de la prueba nombrados en los documentos citar, paga los honorarios de los testigos y avisa por escrito a la Fiscalía.
- La audiencia. El funcionario de audiencias recibe testimonios y pruebas, por teléfono o por video si así se hace, y limita la revisión a los puntos de la tabla de abajo.
- La decisión. El aviso de la decisión se envía dentro de los 7 días hábiles después de la audiencia (s. 322.2615(6)(d)).
- El siguiente paso. Si se confirma la suspensión, el conductor puede buscar una licencia por dificultad después del período de espera o pedir la revisión en el tribunal de circuito.
¿Cómo pido una revisión formal, y dónde se celebra?
La solicitud se hace en el formulario HSMV 78065 del FLHSMV. El formulario dice que debe llegar a la oficina de la Oficina de Revisiones Administrativas indicada en la citación o en el aviso, con un cargo de presentación de $25.00 y una copia de la citación, "dentro de los 10 días de la fecha del arresto o de la emisión del aviso de suspensión o inhabilitación, la que sea posterior" (traducción libre). El formulario tiene tres casillas: una revisión formal, una revisión formal por teléfono o una revisión informal. En una revisión informal, dice el formulario, el funcionario de audiencias considera solo documentos, y "no se considerará ningún testimonio" (traducción libre). Cómo elegir entre estas opciones, y la licencia restringida que las reemplaza para algunos conductores en su primer caso, se explica en nuestra página sobre cómo conservar su licencia dentro de los 10 días de un arresto por DUI. Los conductores que viven fuera de Florida pueden pedir la misma revisión; el resto de su caso se trata en los conductores de otros estados con un DUI en Florida.
Las páginas de oficinas del FLHSMV para Palm Beach County y para Broward County indican la misma oficina de la Oficina de Revisiones Administrativas: 3718-3 W. Oakland Park Blvd., Lauderdale Lakes, FL 33311, teléfono 954-677-5800, abierta de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Las dos páginas dicen que una solicitud de audiencia formal puede hacerse sin ir a la oficina, llenando el formulario y enviándolo por correo electrónico. El estatuto también permite que el funcionario de audiencias haga las audiencias por medios de comunicación a distancia (s. 322.2615(6)(b)).
¿Qué decide el funcionario de audiencias?
Solo si la suspensión se mantiene. Según el artículo 322.2615(7), el funcionario de audiencias determina "por preponderancia de la prueba si existe causa suficiente para confirmar, modificar o anular la suspensión" (traducción libre), y la revisión se limita a una lista corta de puntos.
| Punto | Suspensión por 0.08 o más | Suspensión por negativa |
|---|---|---|
| ¿Tenía el agente causa probable para creer que la persona conducía o tenía el control físico real del vehículo bajo los efectos? | Sí, se decide | Sí, se decide |
| ¿Era el nivel de alcohol en el aliento o en la sangre de 0.08 o más? | Sí, se decide | No es un punto |
| ¿Se negó la persona a una prueba después de que un agente se la pidió? | No es un punto | Sí, se decide |
| ¿Se le dijo a la persona que una negativa significa una suspensión de 1 año, o de 18 meses en una segunda negativa o posterior? | No es un punto | Sí, se decide |
Para hacerlo, el funcionario de audiencias puede tomar juramentos, interrogar testigos y recibir testimonios, recibir pruebas pertinentes, emitir citaciones para los agentes y testigos identificados en los documentos del arresto, interrogar a los testigos y decidir sobre la suspensión (s. 322.2615(6)(b)). En esta audiencia no se decide si la persona es culpable de DUI.
¿Qué pruebas examina el funcionario de audiencias?
Dentro de los 5 días de emitir el aviso de suspensión, el agente debe enviar al FLHSMV la licencia, una declaración jurada con los motivos del arresto por DUI, los resultados de aliento o de sangre o una declaración jurada de que la persona se negó a la prueba, la descripción del agente de cualquier ejercicio de sobriedad en el lugar, y el aviso mismo (s. 322.2615(2)(a)). Una presentación tardía no impide que el departamento considere las pruebas presentadas en la audiencia o antes. El agente también puede enviar el informe del accidente y un video del ejercicio de sobriedad o del intento de hacerlo, y los materiales que envía una agencia del orden se tratan como "autoautenticados" (s. 322.2615(2)(b)) (traducción libre). Cómo debe hacerse la prueba de aliento en sí se explica en las reglas de la prueba de aliento en Florida.
Una revisión formal puede decidirse solo con esos informes. Sin embargo, el conductor puede citar al agente o a cualquier persona que haya hecho o analizado una prueba de aliento o de sangre (s. 322.2615(11)). La parte que quiere a un testigo presente paga los honorarios del testigo y debe avisar por escrito a la Fiscalía del circuito que se emitió la citación (s. 322.2615(6)(b)).
¿Y si un agente citado no se presenta?
Aquí el estatuto requiere una lectura cuidadosa, porque dos oraciones del texto de 2026 del artículo 322.2615 apuntan en direcciones distintas. El párrafo (6)(c) dice:
"La falta de comparecencia de un testigo citado a la audiencia de revisión formal no es motivo para anular la suspensión" (traducción libre).Estatutos de Florida, s. 322.2615(6)(c)
Ese párrafo permite que una parte haga cumplir la citación con una petición ante el tribunal de circuito, o con una moción en el caso penal relacionado, y no obedecer la orden del tribunal es desacato. El inciso (11) del mismo artículo dice:
"Si el agente que realizó el arresto o el técnico de la prueba de aliento no comparece conforme a una citación según lo previsto en el inciso (6), el departamento anulará la suspensión" (traducción libre).Estatutos de Florida, s. 322.2615(11)
Cómo se aplican esas dos disposiciones en una audiencia concreta es una cuestión legal, y la respuesta puede depender de quién fue el testigo ausente y de lo que se hizo para hacer cumplir la citación. Dos reglas relacionadas son claras. Si la audiencia se aplaza por iniciativa del FLHSMV, o el conductor hace cumplir una citación, el departamento emite un permiso temporal para fines laborales o de empleo hasta la audiencia, pero no al conductor que pidió y obtuvo el aplazamiento (s. 322.2615(9)). Y si el conductor que pidió la revisión formal no se presenta sin causa justificada, renuncia al derecho a una audiencia formal y la suspensión se confirma (s. 322.2615(6)(b)).
¿Cuánto tarda el proceso de revisión?
| Cuándo | Qué pasa | Fuente |
|---|---|---|
| Fecha del aviso de suspensión | Empieza la suspensión; permiso temporal de 10 días si por lo demás puede conducir | s. 322.2615(1) |
| Dentro de los 5 días del aviso | El agente envía al FLHSMV la licencia, la declaración jurada y los resultados de la prueba o la declaración jurada de la negativa | s. 322.2615(2)(a) |
| Dentro de 10 días | Vence la solicitud de revisión con el cargo de $25.00 y una copia de la citación | s. 322.2615(1)(b)3.; HSMV 78065 |
| Dentro de los 30 días de que el FLHSMV recibe la solicitud | Debe programarse la audiencia formal, o la suspensión se anula | s. 322.2615(6)(a), (9) |
| Dentro de los 7 días hábiles después de una audiencia formal | Aviso de la decisión del funcionario de audiencias | s. 322.2615(6)(d) |
| Dentro de los 21 días de que vence el permiso temporal | Aviso de la decisión en una revisión informal | s. 322.2615(5) |
Pedir cualquiera de los dos tipos de revisión no detiene la suspensión (s. 322.2615(9)), así que la fecha de vencimiento del permiso temporal sigue importando mientras la audiencia está pendiente.
¿La audiencia afecta el caso penal por DUI?
Los dos casos se mantienen separados por ley, con una redacción que vale la pena leer con atención. El artículo 322.2615(14)(a) dice que la decisión del departamento "no puede tenerse en cuenta en ningún juicio por una violación del s. 316.193" (traducción libre), y que una declaración escrita presentada en la solicitud de revisión no puede admitirse como prueba contra el conductor en ningún juicio de ese tipo. El artículo 316.193(10), que forma parte del propio estatuto del DUI, dice que el testimonio o las pruebas de los procedimientos administrativos, o una declaración escrita en la solicitud, no son admisibles en ningún proceso penal "salvo que se hayan revelado a tiempo en el intercambio de pruebas penal conforme a la Regla 3.220 de las Reglas de Procedimiento Penal de Florida" (traducción libre). Como los dos artículos están redactados de manera distinta, conviene decidir con un abogado qué poner por escrito, si es que algo, o qué decir en la grabación.
La audiencia igual puede ayudar a la defensa: puede ser la primera oportunidad de ver los documentos y el video del agente, y de escuchar al agente responder preguntas bajo juramento. El resultado penal también puede repercutir en la licencia. Si al conductor lo declaran no culpable en un juicio, el FLHSMV debe anular una suspensión por un nivel ilegal de alcohol (s. 322.2615(16)). Una suspensión por negativa es distinta: "El resultado de cualquier proceso penal relacionado no afecta una suspensión por negativa" (s. 322.2615(14)(b)) (traducción libre). Las negativas también tienen sus propias penas penales, explicadas en nuestra página sobre negarse a la prueba de aliento en Florida.
¿Qué pasa si se confirma la suspensión?
La suspensión sigue su curso: 6 meses por un primer nivel ilegal de alcohol, o 1 año si la licencia ya fue suspendida antes conforme a este artículo; 1 año por una primera negativa, o 18 meses después de una suspensión anterior por negativa (s. 322.2615(8)). Un conductor que por lo demás califica puede solicitar una licencia para fines laborales o de empleo después de un período de espera de 30 días desde que venció el último permiso temporal en el caso de un nivel de alcohol, o de 90 días en el caso de una negativa (s. 322.2615(10)). Nuestra página sobre cómo obtener una licencia por dificultad después de un DUI en Florida explica quién califica y cómo. Una decisión que confirma la suspensión puede apelarse con una petición de certiorari ante el tribunal de circuito del condado donde vive el conductor o donde se hizo la revisión. La apelación no detiene la suspensión y no es una nueva audiencia (s. 322.2615(13)).
¿Qué cambia la respuesta?
- El motivo de la suspensión. En un caso por nivel de alcohol, el funcionario de audiencias decide la causa probable y el nivel de 0.08; en un caso de negativa, la causa probable, la negativa y la advertencia sobre la suspensión de 1 año o 18 meses (s. 322.2615(7)(a), (b)).
- Formal o informal. Una revisión informal consiste solo en el examen de los documentos, y no hace falta que esté presente ningún agente ni testigo (s. 322.2615(4)). Solo una revisión formal permite testimonios y citaciones.
- Quién no se presenta. El estatuto trata de manera distinta al testigo citado ausente según el párrafo (6)(c) y al agente que realizó el arresto o al técnico de la prueba de aliento ausentes según el inciso (11), como se citó arriba.
- Quién pidió un aplazamiento. Un aplazamiento por iniciativa del FLHSMV trae un permiso para fines laborales o de empleo hasta la audiencia; un aplazamiento que pidió el conductor no (s. 322.2615(9)).
- Cómo se hizo la prueba. Los resultados de aliento y de sangre son válidos solo si se hicieron sustancialmente según los métodos aprobados por el FDLE por una persona con un permiso válido (s. 316.1934(3)). Las extracciones de sangre después de un accidente siguen las reglas descritas en si la policía puede tomarle sangre después de un accidente por DUI.
- Las suspensiones anteriores. Cambian la duración: 1 año en lugar de 6 meses en una suspensión repetida por nivel de alcohol, 18 meses en una negativa repetida (s. 322.2615(8)).
Un ejemplo práctico
Por ejemplo, imagine a un conductor hipotético arrestado en Coral Springs cuyo aviso dice que el resultado de aliento fue 0.09. El conductor envía el formulario 78065 por correo electrónico el día 6 y pide una revisión formal. La oficina programa la audiencia dentro de los 30 días de recibir la solicitud, como exige el estatuto. Antes de la audiencia, el abogado del conductor lee la declaración jurada del agente y los registros de la prueba de aliento, y cita al agente que hizo el arresto y al operador de la prueba de aliento, paga sus honorarios de testigos y avisa por escrito a la Fiscalía de Broward. En la audiencia, el agente declara sobre el motivo de la detención y del arresto, y el funcionario de audiencias decide entonces solo si hubo causa probable y si el nivel era de 0.08 o más. Sea cual sea la decisión, el caso penal sigue su propio camino en el tribunal del condado. Este es un recorrido hipotético, no una predicción de ningún caso.
Errores comunes
- Presentar la solicitud después del día 10, o enviar el formulario sin el cargo y sin la copia de la citación.
- Elegir una revisión informal sin darse cuenta de que no se considera ningún testimonio.
- Emitir una citación pero no avisar por escrito a la Fiscalía ni pagar los honorarios del testigo.
- Pedir un aplazamiento y luego esperar un permiso temporal por la demora.
- No presentarse a la audiencia que uno mismo pidió, lo que implica renunciar a la audiencia formal y que se confirme la suspensión.
- Poner por escrito un relato largo de esa noche sin asesoría, dada la redacción de los artículos 322.2615(14)(a) y 316.193(10).
Qué hacer esta semana
- Marque el día 10 contando desde la fecha del aviso de suspensión.
- Decida con un abogado si le conviene una revisión formal, una revisión informal o la licencia restringida.
- Envíe el formulario 78065 con el cargo de $25.00 y la copia de la citación, y guarde la prueba del envío.
- Reúna sus propios documentos para la audiencia: el aviso, la citación, cualquier comprobante impreso de la prueba de aliento y los recibos.
- Haga una lista de las personas nombradas en los documentos del arresto a las que podría valer la pena citar.
- Lleve consigo el permiso temporal y deje de manejar cuando venza, salvo que tenga otro permiso o licencia.
El resto de la semana después de un arresto se detalla en la primera semana después de un arresto por DUI en Florida. La secuencia completa del caso está en qué pasa después de un arresto por DUI en Florida.
Preguntas frecuentes
¿La revisión formal puede hacerse por teléfono?
El formulario 78065 ofrece una revisión formal por teléfono, y el estatuto permite que el funcionario de audiencias haga las audiencias por medios de comunicación a distancia (s. 322.2615(6)(b)).
¿El agente tiene que ir a la audiencia?
No, salvo que lo citen. Una revisión formal puede decidirse solo con los informes del agente, pero el conductor puede citar al agente y a las personas que hicieron o analizaron una prueba de aliento o de sangre (s. 322.2615(11)).
¿Quién gana si el funcionario de audiencias tiene dudas?
El estándar es la preponderancia de la prueba, es decir, si es más probable que no que exista causa suficiente para confirmar la suspensión (s. 322.2615(7)).
¿Igual puedo obtener una licencia por dificultad si pierdo la audiencia?
Sí, si por lo demás califica, después de 30 días desde el vencimiento del último permiso temporal en un caso por nivel de alcohol, o de 90 días en un caso de negativa (s. 322.2615(10)).
¿Ganar la audiencia pone fin al cargo de DUI?
No. El caso penal es independiente y sigue en el tribunal del condado; las penas que conlleva aparecen en nuestra página sobre las penas por DUI en Florida.
¿La audiencia es en Palm Beach County?
El FLHSMV indica su oficina de Lauderdale Lakes tanto para los conductores de Palm Beach como para los de Broward, y las audiencias pueden hacerse por teléfono o por video. Otras oficinas y tribunales locales están en nuestras páginas de Broward County y de Palm Beach County.
¿Cómo puede ayudar el Sr. Mead con una revisión formal?
Elegir entre una revisión formal, una revisión informal y una licencia restringida es una decisión con pros y contras, y hay que tomarla dentro de 10 días. El Sr. Mead puede reunir los documentos del agente, sopesar a qué testigos vale la pena citar y planificar la audiencia pensando en el caso penal. Cada caso es distinto, y no se puede prometer ningún resultado. Llame al (561) 362-6677, las 24 horas del día, para hablar de su aviso de suspensión antes de que venza el plazo.
Fuentes
- Estatutos de Florida, s. 322.2615: Suspensión de la licencia; derecho a revisión (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 316.193: Conducir bajo los efectos; penas (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 316.1934: Presunción de deterioro; métodos de prueba (Legislatura de Florida)
- FLHSMV: Leyes de DUI y de suspensión administrativa de Florida
- Formulario del FLHSMV HSMV 78065: Solicitud de revisión formal o informal de la suspensión o inhabilitación de la licencia
- FLHSMV: Oficinas en Palm Beach County
- FLHSMV: Oficinas en Broward County
No enfrente este cargo solo
Cuanto antes se comunique con el Sr. Mead, más eficaz podrá ser su defensa. Su llamada es confidencial.