La "agresión doméstica" no es un delito aparte en los estatutos de Florida. Es una agresión física (battery), definida en el artículo 784.03, cometida por un familiar o miembro del hogar contra otro, lo que la convierte en un "delito de violencia doméstica" según el artículo 741.28. Esa etiqueta es la que trae las penas adicionales que se explican abajo. Cómo defiende el Sr. Mead estos cargos está en nuestra página sobre la defensa en casos de violencia doméstica. Las reglas generales de los cargos de agresión están en nuestra página sobre la defensa en casos de amenaza de agresión y agresión física.
¿Cómo se arma una sentencia por agresión doméstica, paso a paso?
- El cargo. La agresión física es tocar o golpear intencionalmente a alguien en contra de su voluntad, o causarle intencionalmente un daño corporal (s. 784.03(1)(a)).
- El grado. Una primera agresión física es un delito menor de primer grado; una agresión física después de una condena anterior por agresión física es un delito grave de tercer grado (s. 784.03(1)(b), (2)).
- El resultado. Una determinación de culpabilidad, una adjudicación suspendida o una declaración de no contest activan cada una la probatoria y el programa de intervención (s. 741.281).
- La cárcel mínima. Si se adjudica culpable a la persona y causó intencionalmente un daño corporal, se aplica una pena mínima obligatoria en la cárcel del condado (s. 741.283).
- Los costos. Se agrega un recargo de $201 a cualquier otra sanción (s. 938.08).
- Los efectos colaterales. Los antecedentes no pueden sellarse ni eliminarse, y la compra de armas de fuego queda restringida (ss. 943.0584, 790.065).
¿Cuáles son las penas, cargo por cargo?
| Cargo | Grado | Máximo | Estatuto |
|---|---|---|---|
| Amenaza de agresión (amenaza con capacidad aparente) | Delito menor de segundo grado | 60 días; $500 | s. 784.011 |
| Agresión física | Delito menor de primer grado | 1 año; $1,000 | s. 784.03(1) |
| Agresión física con una condena anterior por agresión física | Delito grave de tercer grado | 5 años; $5,000 | s. 784.03(2) |
| Agresión física grave (daño corporal grave, discapacidad o desfiguración permanente) | Delito grave de tercer grado | 5 años; $5,000 | s. 784.041(1) |
| Agresión doméstica por estrangulación | Delito grave de tercer grado | 5 años; $5,000 | s. 784.041(2) |
| Amenaza de agresión agravada | Delito grave de tercer grado | 5 años; $5,000 | s. 784.021 |
| Agresión física agravada (daño corporal grave, un arma mortal, o una víctima que el agresor sabía o debía saber que estaba embarazada) | Delito grave de segundo grado | 15 años; $10,000 | s. 784.045 |
Los máximos vienen de los ss. 775.082 y 775.083; son topes, no sentencias típicas. Para la regla de la "condena anterior" del s. 784.03(2), una condena significa una determinación de culpabilidad después de una declaración o un juicio, aunque se haya suspendido la adjudicación o la declaración haya sido de no contest. Todos los grados se comparan uno al lado del otro en nuestra tabla de penas penales de Florida.
Los mismos cargos entre personas que no son familiares ni miembros del hogar se comparan en la amenaza de agresión, la agresión física y la agresión física agravada en Florida.
¿Cuándo es obligatoria la cárcel?
El artículo 741.283 fija penas mínimas en la cárcel del condado cuando se adjudica culpable a una persona de un delito de violencia doméstica y causó intencionalmente un daño corporal a otra persona. El tribunal debe ordenar el mínimo como parte de la sentencia salvo que imponga una pena de prisión estatal no suspendida, y puede agregar probatoria, control comunitario o más encarcelamiento.
| Delito | Mínimo estándar | Si había presente un niño menor de 16 años de la familia o del hogar |
|---|---|---|
| Primero | 10 días | 15 días |
| Segundo | 15 días | 20 días |
| Tercero o posterior | 20 días | 30 días |
El detonante es una adjudicación de culpabilidad. Esa es una de las razones por las que la forma de una declaración importa tanto en estos casos, como se explica en qué es la adjudicación suspendida y por qué importa.
¿Y la probatoria y el programa de intervención para agresores?
Según el s. 741.281, a una persona declarada culpable de un delito de violencia doméstica, a la que se le suspende la adjudicación, o que se declara no contest, se le debe ordenar al menos 1 año de probatoria, con la condición de asistir y completar un programa de intervención para agresores. El tribunal puede omitir el programa solo si explica en el registro por qué no sería adecuado, o si determina que la persona no califica según el s. 741.325. Ese estatuto exige un programa de al menos 29 semanas con 24 sesiones semanales, más la admisión, la evaluación y la orientación, pagado con las cuotas de quienes asisten, con excepciones para los programas con fondos públicos. Faltar a las sesiones puede llevar a una violación, que se trata en nuestra página sobre la violación de la probatoria.
¿Qué pasa con los antecedentes y con las armas de fuego?
- Sin sellado ni eliminación. Una condena por amenaza de agresión o agresión física de un familiar o miembro del hogar contra otro hace que los antecedentes no puedan sellarse ni eliminarse; aquí "condena" incluye una adjudicación suspendida después de una declaración de culpabilidad o de no contest (s. 943.0584(1), (2)(f)). La agresión física grave, la estrangulación y la agresión física agravada están en la misma lista (s. 943.0584(2)(h)). Cómo funciona el sellado de otros antecedentes está en nuestra página sobre la eliminación de antecedentes.
- Comprar un arma. La verificación de compra del FDLE bloquea a cualquier persona condenada por un delito menor de violencia doméstica, y a cualquiera con una adjudicación suspendida por uno hasta 3 años después de que terminen la probatoria u otras condiciones, salvo que los antecedentes se hayan eliminado (s. 790.065(2)(a)). La ley federal prohíbe por separado la posesión después de una condena por un delito menor de violencia doméstica (18 U.S.C. s. 922(g)(9)).
- Licencia para portar armas ocultas. Una determinación de culpabilidad o una adjudicación suspendida por un delito menor violento bloquea la licencia hasta 3 años después de cumplir la probatoria u otras condiciones, salvo que los antecedentes se hayan sellado o eliminado (s. 790.06(3)(a)). Las reglas de las órdenes de protección se tratan en las armas después de una orden de protección en Florida.
- El recargo. El tribunal debe imponer un recargo de $201 por la agresión física y otros delitos de la lista o por cualquier delito de violencia doméstica, como condición de cualquier supervisión (s. 938.08).
¿Qué cambia la respuesta?
- La lesión. Un daño corporal grave convierte una agresión física en agresión física grave (s. 784.041(1)), y causarlo intencionalmente puede convertirla en agresión física agravada (s. 784.045).
- Los antecedentes. Una condena anterior por agresión física convierte la siguiente en delito grave (s. 784.03(2)), y las penas mínimas de cárcel suben con cada delito (s. 741.283).
- Niños presentes. Los mínimos suben cuando estaba presente un niño menor de 16 años que es familiar o miembro del hogar (s. 741.283(1)(b)). Cuando el niño es quien supuestamente sufrió el daño, consulte dónde traza Florida la línea entre disciplina y abuso.
- Presión en el cuello. Impedir la respiración o el flujo de sangre es un delito grave aparte; consulte si la agresión doméstica por estrangulación es un delito grave.
- La adjudicación. La cárcel mínima depende de una adjudicación de culpabilidad; la probatoria, el programa y las reglas de los antecedentes se aplican incluso con una adjudicación suspendida.
Un ejemplo práctico
Por ejemplo, tome a un acusado hipotético sin antecedentes en Broward, acusado de agresión física que es delito menor contra la pareja con la que vive después de empujarla contra una puerta y dejarle un moretón. Si el caso terminara en una declaración con la adjudicación suspendida, el s. 741.281 igual exigiría al menos un año de probatoria con el programa de intervención para agresores, se aplicaría el recargo de $201 y los antecedentes no podrían sellarse. Si la misma declaración trajera en cambio una adjudicación de culpabilidad, el s. 741.283 agregaría un mínimo de 10 días en la cárcel del condado si el daño corporal se causó intencionalmente, que subiría a 15 días si el hijo de 8 años de la pareja hubiera estado en la habitación. Es aritmética de los estatutos, no una predicción de ninguna sentencia.
Errores comunes
- Aceptar una declaración rápida en la primera comparecencia sin saber que los antecedentes nunca podrán sellarse.
- Suponer que una adjudicación suspendida evita el programa de intervención; no lo evita (s. 741.281).
- Tratar el recargo de $201 y las cuotas del programa como opcionales.
- No tener en cuenta una agresión física anterior, que puede convertir un nuevo cargo en delito grave.
- Olvidar las reglas sobre las armas de fuego al decidir cómo resolver el caso.
Qué hacer esta semana
- Consiga el documento de acusación y anote el estatuto exacto del cargo.
- Anote cualquier arresto o declaración anterior, incluidas las agresiones antiguas en cualquier estado.
- Cumpla cada condición de la liberación, sobre todo la de no contacto.
- Reúna pruebas sobre las lesiones, o la falta de ellas, como fotos y registros médicos.
- No acepte ninguna declaración antes de hablar con un abogado defensor sobre estas consecuencias.
Preguntas frecuentes
¿La agresión doméstica es un delito grave en Florida?
Una primera agresión física es un delito menor. Pasa a ser delito grave con una condena anterior por agresión física (s. 784.03(2)), con un daño corporal grave (s. 784.041(1)), con estrangulación (s. 784.041(2)) o como agresión física agravada (s. 784.045).
¿Es obligatoria la cárcel por una primera agresión doméstica?
Solo si se adjudica culpable a la persona y causó intencionalmente un daño corporal; entonces el mínimo es de 10 días, o de 15 días si estaba presente un niño menor de 16 años del hogar (s. 741.283).
¿Cuánto dura el programa de intervención para agresores?
Al menos 29 semanas, con 24 sesiones semanales más la admisión, la evaluación y la orientación (s. 741.325(1)(c)).
¿Puede sellarse una agresión doméstica si se suspendió la adjudicación?
No. Para esta regla, una adjudicación suspendida después de una declaración de culpabilidad o de no contest cuenta como condena, y la amenaza de agresión y la agresión física domésticas están en la lista de casos no elegibles (s. 943.0584).
¿Y si violo la orden de no contacto mientras el caso está pendiente?
Violar intencionalmente una condición de la liberación después de un arresto por violencia doméstica es un delito menor de primer grado aparte, y la persona queda retenida otra vez hasta la primera comparecencia (s. 741.29(7)). Si además hay una orden de protección, el contacto también puede imputarse según el s. 741.31; consulte la pena por violar una orden de protección.
¿Pueden retirarse los cargos si mi pareja no quiere seguir adelante?
Decide el Estado; consulte si la presunta víctima puede retirar los cargos de violencia doméstica.
¿Cómo puede ayudar el Sr. Mead?
La práctica del Sr. Mead se dedica por completo a la defensa penal, con más de tres décadas en los tribunales del sur de Florida. En un caso de agresión doméstica, los detalles del cargo, la lesión y la forma de cualquier resolución deciden cuáles de las consecuencias de arriba se aplican, así que vale la pena entenderlos antes de tomar cualquier decisión. Lo que pasa en los primeros días se trata en qué pasa después de un arresto por violencia doméstica. La oficina está en Boca Raton, se habla español y portugués, y puede llamar las 24 horas.
Cada caso es distinto, y no se puede prometer ningún resultado. Si lo acusan de agresión doméstica, una llamada confidencial al (561) 362-6677 es un buen primer paso.
Fuentes
- Estatutos de Florida, s. 784.03: Agresión física; agresión física como delito grave (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 741.28: Violencia doméstica; definiciones (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 741.283: Pena mínima de prisión por violencia doméstica (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 741.281: El tribunal ordenará la asistencia a un programa de intervención para agresores (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 741.325: Requisitos de los programas de intervención para agresores (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 938.08: Costo adicional para financiar programas de violencia doméstica (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 784.011: Amenaza de agresión (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 784.021: Amenaza de agresión agravada (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 784.041: Agresión física grave; agresión doméstica por estrangulación (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 784.045: Agresión física agravada (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 775.082: Penas; aplicación de las estructuras de sentencia; penas mínimas obligatorias para ciertos reincidentes liberados de prisión (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 775.083: Multas (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 943.0584: Antecedentes penales que no pueden eliminarse ni sellarse por orden judicial (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 790.065: Venta y entrega de armas de fuego (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 790.06: Licencia para portar un arma oculta o un arma de fuego oculta (Legislatura de Florida)
- 18 U.S.C. s. 922, Actos ilegales (Oficina de Publicaciones del Gobierno de los Estados Unidos)
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