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Los delitos de amenaza de agresión y agresión física de Florida están en el capítulo 784, y se construyen uno sobre otro: cada versión agravada parte del delito simple y le suma un arma, una lesión o una intención. Cuál se imputa decide si el caso es un delito menor en el tribunal del condado o un delito grave en el tribunal de circuito. Cómo defiende el Sr. Mead estos casos está en nuestra página sobre la defensa en casos de agresión y lesiones. Los demás cargos que maneja están en defensa penal.

¿Cómo decide el Estado qué cargo presentar, paso a paso?

  1. ¿Hubo contacto? Sin contacto apunta a una amenaza de agresión; un toque, un golpe o un daño corporal causado a propósito apunta a una agresión física (ss. 784.011(1), 784.03(1)(a)).
  2. ¿Hubo un arma mortal? Una amenaza con un arma mortal, sin intención de matar, es amenaza de agresión agravada; una agresión física con una de ellas es agresión física agravada (ss. 784.021(1)(a), 784.045(1)(a)2.).
  3. ¿Qué tan grave fue la lesión? Un daño corporal grave, una discapacidad permanente o una desfiguración permanente convierten la agresión física en agresión física grave (felony battery), o en agresión física agravada si se causó de forma intencional o a sabiendas (ss. 784.041(1), 784.045(1)(a)1.).
  4. ¿Quién era la presunta víctima? Un agente de policía, un bombero, un trabajador de emergencias, personal de un hospital o una persona de 65 años o más suben el grado (ss. 784.07, 784.08). Un familiar o miembro del hogar lo convierte en un delito de violencia doméstica con sus propias consecuencias.
  5. ¿Cuáles son los antecedentes? Una agresión física con una condena previa del mismo tipo es un delito grave (s. 784.03(2)).
  6. ¿Fue en defensa propia? La fuerza justificada es una defensa y puede dar inmunidad frente al proceso penal (ss. 776.012, 776.032).

¿Cómo se comparan los cargos?

Cargos de amenaza de agresión y agresión física en Florida (capítulo 784), nivel en la tabla de sentencias (s. 921.0022) y máximo legal (ss. 775.082, 775.083)
CargoQué exigeGradoMáximo
Amenaza de agresiónAmenaza intencional e ilegal de palabra o de hecho, capacidad aparente y un acto que crea un temor fundado de violencia inminenteDelito menor de segundo grado60 días; $500
Agresión físicaTocar o golpear a propósito contra la voluntad de la persona, o causarle un daño corporal intencionalmenteDelito menor de primer grado1 año; $1,000
Agresión física con una condena previa por agresión física, agresión física agravada, agresión física grave o resistencia con violenciaCualquier nueva agresión físicaDelito grave de tercer grado5 años; $5,000
Amenaza de agresión agravada (nivel 6)Amenaza con un arma mortal sin intención de matar, o con la intención de cometer un delito graveDelito grave de tercer grado5 años; $5,000
Agresión física grave (nivel 6)Agresión física que causa un daño corporal grave, una discapacidad o una desfiguración permanenteDelito grave de tercer grado5 años; $5,000
Agresión física agravada (nivel 7)Causar de forma intencional o a sabiendas un daño corporal grave, una discapacidad o una desfiguración permanente; usar un arma mortal; o una víctima que se sabía embarazadaDelito grave de segundo grado15 años; $10,000

Los máximos son topes, no sentencias típicas; todos los grados se comparan en nuestra tabla de penas penales de Florida. Los niveles alimentan la hoja de puntuación de los delitos graves que se explica en cómo se calcula una sentencia por delito grave en Florida. Para la regla de la agresión física previa, una "condena" incluye una declaración o un veredicto aunque se haya suspendido la adjudicación o la declaración haya sido de no disputa (s. 784.03(2)).

¿Cuál es la diferencia entre agresión física grave y agresión física agravada?

Las dos implican una lesión seria, y la línea es la intención. La agresión física grave solo exige un toque o un golpe intencional que resulta causando un daño corporal grave, una discapacidad permanente o una desfiguración permanente (s. 784.041(1)). La agresión física agravada exige que la persona haya causado ese nivel de daño de forma intencional o a sabiendas, o haya usado un arma mortal, o haya agredido a alguien que sabía o debía saber que estaba embarazada (s. 784.045(1)). La diferencia es un grado y un nivel en la tabla de sentencias, y muchas veces depende de los relatos de los testigos y de los registros médicos. Un delito grave aparte cubre la presión sobre el cuello de un familiar, un miembro del hogar o una pareja sentimental, como se explica en si la agresión doméstica por estrangulamiento es un delito grave.

¿Qué pasa cuando la presunta víctima es un agente o una persona mayor?

Reclasificación para personas protegidas (ss. 784.07(2), 784.08(2))
CargoGrado normalSi se comete a sabiendas contra un agente, bombero, trabajador de emergencias o de hospital en servicioSi la víctima tiene 65 años o más
Amenaza de agresiónDelito menor de segundo gradoDelito menor de primer gradoDelito menor de primer grado
Agresión físicaDelito menor de primer gradoDelito grave de tercer grado (nivel 5)Delito grave de tercer grado
Amenaza de agresión agravadaDelito grave de tercer gradoDelito grave de segundo gradoDelito grave de segundo grado
Agresión física agravadaDelito grave de segundo gradoDelito grave de primer gradoDelito grave de primer grado

Para una persona de 65 años o más, el aumento se aplica "sepa o no sepa, o tenga o no razones para saber, la edad de la víctima" (traducción libre); una condena por amenaza de agresión agravada o agresión física agravada trae una pena mínima de 3 años de prisión, una multa de hasta $10,000, restitución y hasta 500 horas de servicio comunitario, y la adjudicación no puede suspenderse (s. 784.08). En una agresión física contra un agente de la ley, poseer un arma de fuego durante el delito trae un mínimo de 3 años (s. 784.07(3)).

¿Dónde se ven estos casos en Palm Beach y Broward?

La amenaza de agresión simple y la agresión física simple son delitos menores, así que se quedan en el tribunal del condado. En Palm Beach County, la División del Tribunal del Condado de la Fiscalía menciona la agresión física entre sus casos típicos de delitos menores, informa que en 2022 se abrieron más de 32,000 casos de delitos menores y dice que de los más de 200 juicios por delitos menores de ese año, alrededor del 95 por ciento fueron juicios con jurado, celebrados en el tribunal principal de West Palm Beach. Los delitos menores de Boca Raton, Delray Beach y Boynton Beach suelen empezar en el Tribunal del Sur del Condado en Delray Beach. La amenaza de agresión agravada, la agresión física grave y la agresión física agravada son delitos graves; en Palm Beach los revisa la Unidad de Admisión de Delitos Graves de la Fiscalía antes de presentarlos y luego se ven en el tribunal de circuito. En Broward, los dos tipos de casos empiezan con la primera comparecencia en el Tribunal Central, descrito en la página del Tribunal Central y la Cárcel Principal de Broward.

¿Qué cambia la respuesta?

  • El elemento del temor. La amenaza de agresión necesita un temor fundado de que la violencia era inminente y una capacidad aparente de llevarla a cabo (s. 784.011(1)). Las palabras solas, sin eso, pueden no bastar.
  • Qué cuenta como arma mortal. Los estatutos no hacen una lista de objetos; muchas veces se discute si un objeto se usó de una forma que probablemente causaría la muerte o un daño corporal grave.
  • La defensa propia. Una persona puede usar fuerza cuando cree razonablemente que es necesario para defenderse de una fuerza ilegal inminente (s. 776.012), y la fuerza justificada da inmunidad frente al proceso penal (s. 776.032). Cómo funciona esa audiencia previa al juicio se explica en cómo funciona la inmunidad de la ley de defensa propia.
  • La relación. Si las personas son familiares o miembros del hogar, el caso es un delito de violencia doméstica; vea qué trae una condena por agresión doméstica.
  • Los disturbios. La amenaza de agresión o la agresión física para fomentar un disturbio sube un grado (ss. 784.011(3), 784.03(3)).
  • El sellado. La amenaza de agresión agravada, la agresión física grave y la agresión física agravada nunca pueden sellarse ni eliminarse, aun con la adjudicación suspendida; la amenaza y la agresión física simples quedan excluidas solo cuando son domésticas (s. 943.0584(2)(f) a (h)).

Un ejemplo práctico

Por ejemplo, tome una discusión hipotética a la salida de un bar de Fort Lauderdale. Si un hombre le grita a otro que le va a pegar y da un paso hacia él con el puño levantado, eso puede ser una amenaza de agresión, un delito menor de segundo grado. Si después lo empuja, es agresión física, un delito menor de primer grado. Si el empujón causa una caída y una muñeca rota, el Estado puede imputar agresión física grave, un delito grave de tercer grado, porque resultó un daño corporal grave. Si los testigos dicen que le tiró un golpe con una botella de cerveza, el cargo podría pasar a agresión física agravada con un arma mortal, un delito grave de segundo grado. Y si el hombre al que golpeó era un portero de 66 años, la agresión física agravada se reclasificaría como delito grave de primer grado con un mínimo de 3 años. Si el hombre se estaba defendiendo de un ataque, la inmunidad del s. 776.032 sería la primera pregunta. Esta ilustración no es una predicción para ningún caso.

Errores comunes

  • Suponer que sin lesión no hay agresión física; cualquier toque intencional no deseado puede bastar.
  • Darles explicaciones a los agentes en el lugar, lo que puede aportar la intención que el Estado necesita.
  • No conservar los videos de teléfonos, negocios o cámaras de timbre antes de que se borren.
  • Comunicarse con la otra persona para disculparse o llegar a un arreglo, lo que puede violar las condiciones de liberación.
  • Aceptar una declaración por un cargo de nivel de delito grave sin saber que nunca podrá sellarse.
  • Esperar para plantear la defensa propia en lugar de preguntar temprano por una moción de inmunidad.

Qué hacer esta semana

  1. Consiga la declaración jurada del arresto y anote qué estatuto e inciso se imputan.
  2. Haga una lista de testigos y de lugares con cámaras, y pregúntele a un abogado cómo conservar las grabaciones.
  3. Fotografíe las lesiones que usted haya tenido y guarde los registros médicos.
  4. Cumpla cada condición de la liberación, en especial cualquier orden de no contacto.
  5. Escriba su propio relato mientras lo tiene fresco, solo para su abogado.
  6. Hable con un abogado defensor sobre la defensa propia y el cargo correcto antes de cualquier declaración.

Preguntas frecuentes

¿Pueden acusarme de amenaza de agresión si nunca toqué a nadie?

Sí. La amenaza de agresión es una amenaza de palabra o de hecho, con capacidad aparente, que crea un temor fundado de violencia inminente (s. 784.011). No hace falta contacto.

¿Escupirle a alguien es agresión física?

La agresión física cubre cualquier toque o golpe intencional contra la voluntad de la persona (s. 784.03(1)(a)); si un acto en particular califica depende de los hechos. Si la persona era un agente de la ley u otro trabajador protegido en servicio, la agresión física se reclasifica como delito grave (s. 784.07(2)(b)).

¿La amenaza de agresión agravada es un delito grave aunque nadie haya salido herido?

Sí. La amenaza de agresión agravada es un delito grave de tercer grado basado en un arma mortal o en la intención de cometer un delito grave, sin necesidad de lesión (s. 784.021).

¿Puede retirarse un cargo de amenaza de agresión o agresión física?

Lo decide la Fiscalía; los deseos de la presunta víctima importan pero no controlan. Vea si los cargos penales pueden retirarse antes del juicio.

¿Puede sellarse una condena por agresión física?

Una agresión física simple que no es doméstica puede ser elegible según el resultado y los antecedentes; la agresión física grave y la agravada no (s. 943.0584). Vea nuestra página sobre la elegibilidad para el sellado y la eliminación.

¿Un cargo de agresión física afecta la fianza?

Las condiciones de liberación muchas veces incluyen no tener contacto con la presunta víctima. Cómo se fija la fianza se explica en cómo funciona la fianza en Florida.

¿Cómo puede ayudar el Sr. Mead?

La práctica del Sr. Mead se dedica por completo a la defensa penal, con más de tres décadas en los tribunales del sur de Florida. En los casos de amenaza de agresión y agresión física, la diferencia entre los cargos muchas veces se reduce a la intención, la naturaleza de un objeto y la prueba médica, y la defensa propia puede cambiarlo todo, así que esos hechos merecen atención temprana. La oficina está en Boca Raton, se habla español y portugués, y puede llamar las 24 horas.

Cada caso es distinto, y no se puede prometer ningún resultado. Si lo acusan de amenaza de agresión o agresión física, una llamada confidencial al (561) 362-6677 es un buen primer paso.

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Fuentes

  1. Estatutos de Florida, s. 784.011: Amenaza de agresión (Legislatura de Florida)
  2. Estatutos de Florida, s. 784.03: Agresión física; agresión física grave (Legislatura de Florida)
  3. Estatutos de Florida, s. 784.021: Amenaza de agresión agravada (Legislatura de Florida)
  4. Estatutos de Florida, s. 784.041: Agresión física grave; agresión doméstica por estrangulamiento (Legislatura de Florida)
  5. Estatutos de Florida, s. 784.045: Agresión física agravada (Legislatura de Florida)
  6. Estatutos de Florida, s. 784.07: Amenaza de agresión o agresión física contra agentes de la ley y otro personal especificado; reclasificación de delitos; penas mínimas (Legislatura de Florida)
  7. Estatutos de Florida, s. 784.08: Amenaza de agresión o agresión física contra personas de 65 años o más; reclasificación de delitos; pena mínima (Legislatura de Florida)
  8. Estatutos de Florida, s. 776.012: Uso o amenaza de uso de la fuerza en defensa de una persona (Legislatura de Florida)
  9. Estatutos de Florida, s. 776.032: Inmunidad frente al proceso penal y la acción civil por el uso o la amenaza de uso justificados de la fuerza (Legislatura de Florida)
  10. Estatutos de Florida, s. 943.0584: Antecedentes penales que no pueden eliminarse ni sellarse por orden judicial (Legislatura de Florida)
  11. Estatutos de Florida, s. 921.0022: Código de Castigo Penal; tabla de gravedad de los delitos (Legislatura de Florida)
  12. Estatutos de Florida, s. 775.082: Penas; aplicación de las estructuras de sentencia; penas mínimas obligatorias para ciertos reincidentes liberados de prisión (Legislatura de Florida)
  13. Estatutos de Florida, s. 775.083: Multas (Legislatura de Florida)
  14. Divisiones de la oficina (Fiscalía del Distrito Judicial 15)
  15. Orden Administrativa 4.603, regiones penales del Tribunal del Condado y tribunales sucursales (Decimoquinto Circuito Judicial)

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