Mucha gente revisa el sitio web de la Secretaría después de que un juez firma su orden y se sorprende al encontrar todavía el número de caso, o teme encontrarlo. El expediente judicial lo maneja la Secretaría del condado donde se presentó el caso, según las reglas propias del tribunal, y por un camino distinto al del antecedente estatal del FDLE. Cómo ayuda la firma con todo el proceso está en nuestra página sobre la eliminación de antecedentes.
¿Qué hace la Secretaría con una orden de sellado, paso a paso?
- La petición se presenta ante la Secretaría. Debe incluir un certificado de elegibilidad válido del FDLE y una declaración jurada, y se notifica a la Fiscalía y a la agencia que hizo el arresto (Fla. R. Crim. P. 3.692(a)). Un certificado vale por 12 meses (s. 943.059(2)(b)). Los pasos anteriores están en cómo sellar o eliminar un antecedente, paso a paso.
- El juez decide. La Fiscalía y la agencia que arrestó pueden responder, el tribunal puede recibir pruebas, y cualquier pedido "puede negarse a la sola discreción del tribunal" (traducción libre) (Fla. R. Crim. P. 3.692(b), (c)). En Palm Beach County, la Secretaría dice que el juez revisa los documentos en una audiencia que programa el tribunal.
- La Secretaría envía copias certificadas. Van a cada agencia nombrada en la orden, a la Fiscalía, a la agencia que arrestó y a cualquier otra agencia que según los expedientes del tribunal haya recibido el antecedente (Fla. R. Crim. P. 3.692(d)(1); s. 943.059(5)(b)).
- La Secretaría limpia sus propios registros. La Secretaría debe "retirar de los registros oficiales del tribunal, salvo el expediente judicial, todas las entradas y registros sujetos a la orden" (traducción libre), luego sellar esas entradas "junto con el expediente judicial" (traducción libre) y guardarlas "en un índice no público, sujeto a otra orden del tribunal" (traducción libre) (Fla. R. Crim. P. 3.692(d)(2)(A), (B)).
- Las búsquedas públicas dejan de mostrarlo. Una vez retirado del índice público, el caso ya no debería aparecer en las herramientas de búsqueda pública de la Secretaría, como eCaseView en Palm Beach County.
¿Cómo lo manejan las cuatro Secretarías del sur de Florida?
| Condado | Formularios | Cargo o nota de la Secretaría | Contacto |
|---|---|---|---|
| Palm Beach | Paquete del Centro de Autoservicio de la Secretaría por un cargo nominal, con una tarjeta de huellas | Las copias certificadas deben pedirse y pagarse antes de que se elimine el caso; después, la Secretaría no puede dar información ni copias del caso | Departamento Penal, (561) 355-2994; P.O. Box 3544, West Palm Beach |
| Broward | Formularios de petición, declaración jurada y orden en el sitio web de la Fiscalía; la declaración jurada debe notarizarse | "Sealing of court file or expunging of any record" (sellado del expediente o eliminación de cualquier registro): $42 en la tabla de cargos de la Secretaría, que se pagan con el costo de las copias después de que el juez firma | Línea de ayuda de la Fiscalía 954-831-6955 |
| Miami-Dade | Formularios de petición, declaración jurada, orden y aviso de audiencia en la página de antecedentes penales de la Secretaría | Los formularios citan el s. 943.059 o el s. 943.0585 y la Regla 3.692 | Línea de Redención de la Defensoría Pública 305-545-1616 |
| Martin | Paquetes gratis en la División Penal de la Secretaría | Resolución certificada: $1.00 por página más $2.00 por documento por la certificación | Secretaría de Martin County, División Penal |
La Secretaría de Palm Beach también tiene una página de "Sealed Cases" (casos sellados) donde se publican las órdenes judiciales y otros documentos sobre el sellado de expedientes "por el tiempo que ordene el tribunal" (traducción libre), según la Orden Administrativa N.º 2.303 del circuito. Al revisarla el 4 de octubre de 2026, la página no mostraba publicaciones.
¿El registro de la Secretaría es lo mismo que mi antecedente en el FDLE?
No, y esa diferencia explica la mayor parte de la confusión. La Secretaría guarda el expediente judicial: el documento de acusación, el registro de actuaciones, la declaración y la sentencia. El FDLE guarda el antecedente penal estatal formado a partir de las huellas, que es lo que usan la mayoría de las verificaciones de antecedentes. Una orden de sellado llega a los dos, pero por caminos distintos. El FDLE sella su antecedente cuando recibe una copia certificada de la orden, y luego le escribe a la agencia que arrestó y a las demás agencias de justicia penal involucradas. La Secretaría sella el expediente judicial según la Regla 3.692. Uno puede terminar antes que el otro, así que revisar solo uno puede dar una imagen equivocada.
Si una declaración cuenta en contra de la elegibilidad depende de cómo se redactó la sentencia. Una condena no puede sellarse, mientras que una declaración con la adjudicación suspendida muchas veces sí, como se explica en qué es la adjudicación suspendida. Para ver lo que tiene el FDLE, pida una Revisión Personal gratuita con huellas; para ver lo que tiene el tribunal, busque cada número de caso en el sistema público de la Secretaría.
¿Por qué mi caso podría seguir apareciendo?
Hay cuatro razones comunes. Primero, puede que la orden todavía no haya llegado a los registros de la Secretaría, o que el cargo no se haya pagado; la Fiscalía de Broward señala que la Secretaría reenvía la orden después de que se pagan el cargo de $42 y el costo de las copias. Segundo, puede que la orden cubra un solo arresto; un tribunal puede sellar más de un arresto solo si están "directamente relacionados" (traducción libre) con el original y la orden lo dice (s. 943.059(4)(c)). Tercero, puede que el caso esté en el sistema de otro condado, porque cada Secretaría guarda sus propios registros. Cuarto, puede que la información esté en un sitio privado que copió el registro antes. El FDLE dice que los sitios privados "no están sujetos a una orden de eliminación" (traducción libre) y que hay que comunicarse directamente con ellos; las fotos de fichaje se tratan en cómo lograr que retiren una foto de fichaje.
Un caso sobreseído es distinto. Si todos los cargos se sobreseyeron, se retiraron mediante nolle prosequi o terminaron en absolución, el FDLE sella su antecedente automáticamente y avisa a la Secretaría, que "debe mantener automáticamente el expediente judicial relacionado" (traducción libre) como confidencial (s. 943.0595(3)(b)). Ese proceso se explica en si su antecedente ya está sellado automáticamente.
¿Qué cambia la respuesta?
- Sellado o eliminación. En los dos casos, la Secretaría retira las entradas públicas y sella el expediente según la Regla 3.692(d)(2). Las agencias distintas del FDLE deben destruir físicamente los antecedentes eliminados (s. 943.0585(6)(a)), y el FDLE solo entrega un antecedente eliminado con una orden judicial.
- Los procedimientos del tribunal. Los tribunales "tienen jurisdicción sobre sus propios procedimientos, incluidos el mantenimiento, el sellado y la corrección de los expedientes judiciales" (traducción libre) (s. 943.059(4)(a)), así que la práctica local puede variar según el circuito.
- Una orden parcial. Un tribunal puede sellar "solo una parte" (traducción libre) de un antecedente de un arresto (s. 943.059(4)(c)). Lea lo que enumera su orden.
- Los casos con varios acusados. La Secretaría hace una copia certificada del expediente para sellarla y luego retira las referencias al peticionario del expediente original (Fla. R. Crim. P. 3.692(d)(2)(C)), así que los antecedentes de los coacusados siguen siendo públicos.
- La elegibilidad. Un juez no puede ordenar el sellado sin un certificado del FDLE (s. 943.059(4)(b)). Quién califica se explica en si usted es elegible para sellar o eliminar. Los casos de DUI siguen su propia regla, que se trata en si un DUI puede sellarse.
Un ejemplo práctico
Por ejemplo, imagine a un hombre hipotético cuyo caso de hurto menor de 2021 en Broward terminó con la adjudicación suspendida después de que cumpliera las condiciones del tribunal. Consigue un certificado del FDLE, presenta su petición, su declaración jurada y la orden propuesta ante la Secretaría de Broward dentro de los 12 meses, y les entrega copias a la Fiscalía. Después de que el juez firma, la Secretaría se comunica con él, paga el cargo de $42 y el costo de las copias, y la Secretaría envía copias certificadas a la Fiscalía y a la agencia que lo arrestó y le da a él una copia certificada como confirmación. Luego la Secretaría retira el caso de los registros públicos y guarda el expediente en un índice no público. Un mes después, un sitio gratuito de antecedentes todavía muestra el caso viejo, porque copió el registro en 2021; él le envía a ese sitio una copia de la orden. Si además lo hubieran arrestado por un cargo sin relación en Palm Beach County, ese caso seguiría siendo público salvo que fuera elegible por separado. Esta ilustración no es una predicción para ningún caso.
Errores comunes
- No pedir copias certificadas de la resolución y del expediente antes de que el caso se selle o se elimine, cuando la Secretaría de Palm Beach dice que después ya no puede darlas.
- Dejar que el certificado de 12 meses venza antes de presentar la petición.
- No pagar el cargo de la Secretaría después de que se firma la orden, lo que puede demorar su distribución.
- Suponer que una orden cubre todos los arrestos, o todos los condados.
- Buscar solo en el sitio de la Secretaría y no revisar los sitios privados de antecedentes que copiaron el caso.
Qué hacer esta semana
- Consiga una copia de su orden firmada y confirme los números de caso y las agencias que nombra.
- Llame al departamento penal de la Secretaría (en Palm Beach County, (561) 355-2994) para confirmar que recibieron la orden y que el cargo está pagado.
- Busque cada número de caso en el sistema público de la Secretaría y anote lo que todavía aparece.
- Revise si algún otro arresto, en cualquier condado, también necesita atención.
- Pida una Revisión Personal gratuita del FDLE si quiere confirmar que se selló el antecedente estatal.
- Envíe copias de la orden a los sitios privados que todavía muestran el caso, y revise qué pueden ver los empleadores después del sellado.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda el caso en salir del sitio de la Secretaría después de la orden?
Ningún estatuto ni regla fija una cantidad de días. La Secretaría actúa sobre la orden cuando la recibe y se paga cualquier cargo, así que confirme con el departamento penal de la Secretaría si todavía aparece.
¿Puedo seguir obteniendo copias de mi propio expediente sellado?
La persona a la que corresponde un antecedente sellado y su abogado pueden acceder a él (s. 943.059(6)(a)). En un caso eliminado, la Secretaría de Palm Beach dice que "no podrá dar ninguna información del caso ni copias" (traducción libre), y el FDLE solo entrega un antecedente eliminado con una orden judicial.
¿La Secretaría le avisa a la policía?
Sí. Las copias certificadas van a la Fiscalía y a la agencia que hizo el arresto, y esa agencia reenvía la orden a las agencias con las que compartió el antecedente (s. 943.059(5)(b)).
¿Un caso juvenil aparece en el sitio web público de la Secretaría?
Los expedientes del tribunal juvenil no están abiertos al público salvo lo que permite la ley (s. 985.045(2)). Las reglas juveniles están en si un antecedente juvenil puede eliminarse.
¿Y si el juez niega la petición?
El tribunal tiene discreción para negar una petición aun de una persona elegible (s. 943.059(4)(e)). Un abogado puede revisar si conviene intentarlo de nuevo más adelante o si corresponde otro remedio.
¿Necesito una audiencia?
La regla permite que el tribunal reciba pruebas sobre cualquier hecho en disputa (Fla. R. Crim. P. 3.692(b)). En Palm Beach County, la Secretaría describe que el juez revisa la presentación en una audiencia programada.
¿Cómo puede ayudar el Sr. Mead?
La práctica del Sr. Mead se dedica por completo a la defensa penal, con más de tres décadas en los tribunales del sur de Florida, y puede seguir una orden a través de la Secretaría para confirmar que se cumplió. La oficina está en Boca Raton, se habla español y portugués, y puede llamar las 24 horas.
Cada caso es distinto, y no se puede prometer ningún resultado. Si un caso sellado sigue apareciendo, una llamada confidencial al (561) 362-6677 es un buen primer paso.
Fuentes
- Reglas de Procedimiento Penal de Florida, Regla 3.692, Petición para sellar o eliminar, edición del 1 de octubre de 2026 (The Florida Bar)
- Estatutos de Florida, s. 943.059: Sellado de antecedentes penales por orden judicial (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 943.0585: Eliminación de antecedentes penales por orden judicial (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 943.0595: Sellado automático de antecedentes penales (Legislatura de Florida)
- Estatutos de Florida, s. 985.045: Expedientes del tribunal (Legislatura de Florida)
- Sellado y eliminación de antecedentes (Secretaría del Tribunal de Circuito y Contraloría, Palm Beach County)
- Casos sellados (Secretaría del Tribunal de Circuito y Contraloría, Palm Beach County)
- Cargos y costos (Secretaría de los Tribunales de Broward County)
- Qué hacer una vez que recibe un certificado de elegibilidad (Fiscalía del Distrito Judicial 17)
- Antecedentes penales (Secretaría del Tribunal y Contraloría de Miami-Dade)
- División Penal (Secretaría del Tribunal y Contraloría de Martin County)
- Preguntas frecuentes sobre el sellado y la eliminación (Departamento de Aplicación de la Ley de Florida)
No enfrente este cargo solo
Cuanto antes se comunique con el Sr. Mead, más eficaz podrá ser su defensa. Su llamada es confidencial.